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Mostrando las entradas etiquetadas como Derecho publicitario

EL PLAGIO EN PUBLICIDAD

El plagio se da en todos los ámbitos que supongan un proceso intelectual dirigido a la creación, ya sea en cine, música, literatura y, como no, la publicidad. Pero ¿qué es el plagio? Salvo su mención en el tipo penal del art. 270.1 del Código Penal, la Ley de Propiedad Intelectual no define lo que es el “plagio”. Es un término que viene siendo definido por la jurisprudencia del Tribunal Supremo , en su acepción más simplista, como:  “Todo aquello que supone copiar obras ajenas en lo sustancial. Se presenta como una actividad material mecanizada y muy poco intelectual y menos creativa, carente de toda originalidad y de concurrencia de genio o talento humano, aunque aporte cierta manifestación de ingenio. Las situaciones que representan plagio hay que entenderlas como las de identidad, así como las encubiertas, pero que descubren, al despojarse de los ardides y ropajes que las disfrazan, su total similitud con la obra original, produciendo un estado de apropiación y aprovecha

CONTROL Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS EN PUBLICIDAD II

Como continuación a mi anterior post, presento la segunda parte en el que identificaré las sanciones por infracción de la normativa de naturaleza administrativa que regula la publicidad según los productos y servicios. Post tan árido como necesario. Pues bien, para la identificación de las sanciones administrativas según el producto , en la Ley General de Publicidad (LGP), que en su art 3 y 5, sobre p ublicidad de determinados bienes o servicios, encontramos un primer acercamiento a la intervención administrativa en relación con la publicidad de determinados productos y servicios.   Según la LGP , podrán ser regulados con normas especiales o sometidas al régimen de autorización administrativa previa la publicidad de materiales o productos sanitarios y de aquellos otros sometidos a reglamentaciones técnico-sanitarias, así como la de los productos, bienes, actividades y servicios susceptibles de generar riesgos para la salud o seguridad de las personas o de su patrimon

GUÍA LEGAL PARA INCLUIR MÚSICA EN UN SPOT II

GUIA LEGAL PARA INCLUIR MÚSICA EN UN SPOT II Una vez se haya tomado la decisión de incluir una determinada música en un spot, se deberá obtener los distintos permisos de los distintos titulares de la misma, lo cual se recomienda hacer con la suficiente antelación en la fase de preproducción,   pues en caso de no obtenerse, ya sea por denegarse o por no haberlo hecho con el tiempo suficiente, y seguir adelante en la sincronización de esa música, se incurriría en una infracción de los derechos de propiedad intelectual de sus titulares con las consecuentes acciones judiciales que estos decidiesen tomar. Una solicitud con la antelación suficiente nos sitúa en una posición negociadora más beneficiosa y, llegado el caso de no obtener la licencia deseada, tendremos tiempo para reaccionar. Esto, que a veces parece de cajón, no siempre se lleva a cabo por los responsables de estas gestiones.   Pues bien, los pasos que deberemos dar para obtener la licencia de sincronización de m

GUÍA LEGAL PARA INCLUIR MÚSICA EN UN SPOT I

El término sincronizar, no siempre conocido por la generalidad, hace referencia al uso de grabaciones musicales para su incorporación total o parcial a una obra audiovisual, sea cual el soporte de esta. Todos recordamos el   “Mrs.Robinson” de Simon & Garfunkel   “El Graduado” o a   Joe Cocker y su “You Can Leave Your Hat On” de “9 semanas y media”, y así tantas y tantas películas memorables que en gran medida lo fueron por sus bandas sonoras. O si hablamos de publicidad, que es en lo que por supuesto nos vamos a centrar, tenemos grandísimos ejemplos en los que la música jugó un papel fundamental en el éxito de la publicidad. Como ya sabréis los que os dedicáis a la publicidad, la sincronización conlleva una labor de gestión previa que en ocasiones se puede tornar larga y tediosa. Hay que entender muy bien cómo funciona el sistema de licencias y tener conocimientos en el ámbito jurídico y comercial que sean capaces de superar la complicación que supone la gestión de estas li